El Código ético de Grupo Puma, que fue aprobado por los órganos de administración de cada una de las empresas que forman parte del grupo en octubre de 2016, refleja los valores de referencia del grupo y contiene los principios generales que deben regir la actuación de todos los profesionales que forman parte del mismo.
En consecuencia, el Código ético de Grupo Puma supone un elemento clave en la integridad de nuestros negocios y representa quiénes somos y cómo actuamos como compañía, tanto a nivel interno, en lo que se refiere a las propias sociedades que forman parte del grupo y a la totalidad de sus empleados, directivos y administradores, como a nivel externo, en el mercado y con el resto de competidores. Todos los profesionales del grupo, independientemente de su puesto en la organización y el lugar en el que ejerzan su actividad, deben conocer la misión y los valores recogidos en el Código ético, asumirlos y utilizarlos como pautas y guías de conducta en el desempeño de sus actuaciones diarias.
El documento, disponible también en la intranet corporativa del grupo, es revisado periódicamente a fin de incorporar los cambios necesarios para responder a los nuevos requerimientos internos y externos y procurar la mejora continua del mismo.
Los órganos de administración de las sociedades que forman parte de Grupo Puma han aprobado igualmente una serie de políticas corporativas que tienen por objeto fomentar la actuación de toda la organización conforme a la ética y a la normativa vigente en cada una de las áreas de riesgo identificadas, mediante un conjunto de procedimientos y actuaciones diseñadas para prevenir, detectar y reaccionar ante actuaciones irregulares, fraudes o actos contrarios al Código ético del grupo o la regulación vigente. El conjunto de dichas políticas corporativas y protocolos de actuación, junto con el Código ético del grupo, representan el firme compromiso de la organización ante sus profesionales, clientes, proveedores, competidores y otros grupos de interés con los que se relaciona, de conducir todas sus actividades de conformidad con la normativa y regulación vigente, así como con los más altos estándares y valores éticos.
Asimismo, la Sociedad ha establecido un canal de comunicación y denuncia, consistente en la dirección de correo electrónico canaldedenuncias@grupopuma.com para su uso por parte de empleados y otros grupos de interés, que pretende dar cumplimiento a los objetivos marcados tanto en el Código Ético como en el conjunto de políticas y procesos internos aprobados en el seno de la misma.
Igualmente, se ofrece un canal seguro y anónimo para que empleados y otros grupos de interés, puedan denunciar cualesquiera comportamientos, acciones, omisiones o hechos que constituyan una eventual infracción penal o administrativa o una violación del Código Ético de la sociedad o de las normas internas de la compañía establecidas en sus políticas corporativas y protocolos específicos de actuación, producida en el desarrollo de las funciones profesionales del autor del incumplimiento, o con trascendencia en la relación contractual con clientes o proveedores o en los intereses e imagen de la Sociedad frente a terceros.
A los efectos anteriores, se informa de que los PRINCIPIOS que rigen el funcionamiento del canal de denuncias son los siguientes:
Se informa asimismo de que, en todo caso y sin perjuicio de lo anterior, podrán comunicarse las acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave, así como, las acciones u omisiones que puedan constituir infracciones del Derecho de la Unión Europea siempre que entren dentro del ámbito de aplicación de los actos de la Unión Europea enumerados en el anexo de la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, afecten a los intereses financieros de la Unión Europea e incidan en el mercado interior, ante la Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I., o ante las autoridades u órganos autonómicos correspondientes y, en su caso, ante las instituciones y órganos de la Unión Europea, través de sus propios canales (canales externos a la entidad).
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